Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgamvlv/LGAMVLV_ref11_13abr18.pdf
2007-02-01
N/A
2018-04-13
Ley General
Congreso de la Unión
Instituto Municipal de la Mujer Texmeluquense
"Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. TITULO I. Capítulo I. Disposiciones Generales. Capítulo II. TITULO II. Modalidades de la Violencia. Capítulo I. De la Violencia en el Ámbito Familiar. Capítulo II. De la Violencia Laboral y Docente. Capítulo III. De la violencia en la Comunidad. Capítulo IV. De la Violencia Constitucional. Capítulo V. De la Violencia Feminicidio y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres. Capítulo VI. De las Órdenes de Protección. TITULO III. Capítulo I. Del Sistema Nacional para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las Mujeres. Capítulo II. Del programa integral para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las Mujeres. Capítulo III. De la distribución de competencias en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres. Capítulo IV. De la atención a las víctimas. Capítulo V. De los refugios para las víctimas de violencia. TITULO IV. De las responsabilidades y sanciones. Capítulo Único. De las responsabilidades y sanciones. "
Establecer la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y las modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación, así como para garantizar la democracia, el desarrollo integral y sustentable que favorezca la soberanía y el régimen democrático establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Sector Social, Servidor Público de la Administración Pública Municipal
Establecer la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y las modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y de no discriminación, así como para garantizar la democracia, el desarrollo integral y sustentable que favorezca la soberanía y el régimen democrático establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
N/A
N/A
Municipal
Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla.
Los servicios que se brindan en el Instituto Municipal de la Mujer Texmeluquense, como lo son Asesoría Jurídica y Orientación Psicológica son totalmente gratuitos y se brindan de manera expedita.
IMMT-CR/72
Lourdes Flores Saavedra. Jefatura de Enlace en Juntas Auxiliares.